La base de la que parte la SGAE de que cada vez que un usario hace una copia privada, se deja de venda¡er un ejemplar original, no puede ser aplicada como doctrina de fe. No se puede generalizar y pasar a cobrar un canon compensatorio por esas copias que, teoricamente, no se han vendido. Este hecho perjudica claramente al usuario que hace copiar privadas para su propio uso, amparado en la ley, así como al que no compra los soportes para utilizarlos como copias privadas, sino con otros fines.
Por nombrar una anecdota, hace tiempo existía el miedo a que si llevabas un cd de música pirata en el coche, y te paraba la policia, te podia denunciar. La unica solucion existente para ello, era llevar tambien en el coche los cd's originales, con el fin de que la autoridad pudiera comprobar que se trataba de una copia privada, y no de otra cosa. Pero sin embargo, al tener que llevar los dos cd's en el coche, se anulaba el beneficio de la copia privada, ya que si el usuario tenia el cd original en casa, y se hacia una copia para el coche, estaba en su propio derecho.
Así mismo, hay muchisima gente que utiliza soportes digitales, tales como cd y dvd, para fines que nada tienen que ver con el campo de actuacion de la SGAE. Este creo que es uno de los motivos (ademas de otros como la comodidad y el abaratamiento) de que mucha gente haya pasado a utilizar discos duros externos y memorias USB, en lugar de CD y DVD.
PD: aquí dejo el link
http://www.sgae.es/clientes/escoge-tu-licencia/copia-privada/
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